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Batuz. Estructura del módulo
Ejercicio y periodos
Antes de generar la primera presentación y de calcular datos del Batuz para las facturas emitidas y recibidas previamente generadas, es necesario acceder al registro del ejercicio para generar los periodos de presentación que requiere el módulo Batuz.

Pestaña Batuz en facturas
En el formulario de facturas de cliente como de proveedor hay una pestaña Batuz en la que se establecen algunas configuraciones sobre esa factura en concreto

Estas configuraciones se calculan automáticamente en base a los datos de la factura. Ej. para facturas de clientes con Régimen de Iva General, se establece el valor de Clave Régimen especial como OPERACIÓN DE RÉGIMEN GENERAL. Si el cliente de la factura tuviése REgimen de IVA U.E. y su Tipo de Id Fiscal fuése NIF/IVA El valor de Clave Régimen especial se informaría automáticamente como EXPORTACIÓN
Pero existe la posibilidad de informar los valores manualmente marcando el check Configuración Manual BTZ
El valor de EStado BTZ es un valor que se calcula después de hacer una presentación. En ese valor se indica si la presentación ha sido correcta o si ha habido algún error con esa factura.
Presentaciones
Una presentación es un registro para el cálculo de comunicaciones y su posterior emisión. Una presentación tendrá los campos:
- Ejercicio: Código de ejercicio para el cálculo de registros.
- Tipo periodo: Los tipos de periodo pueden ser: Mensual para libros de registro de Facturas Emitidas, Facturas Recibidas, Cobros de Facturas Emitidas, Pagos de Facturas Recibidas y Determinadas Operaciones Intracomunitarias. Anual para Libros de Registro de Cobros en Metálico, Bienes de Inversión y Operaciones de Seguros.
- Estado: Una presentación se genera en estado Abierta, una vez sean presentados sus registros de comunicación pasarán a estado de Cerrada y no será editable.
Fecha de Presentación y Hora de Presentación: Registro interno a nivel de usuario de la creación del registro de Presentación.
- Fecha Inicio y Fecha Fin: Fechas para el cálculo de comunicaciones de libro de registro.
Una vez configurados los datos, se calculan los datos, bien desde el botón de calcular datos dentro del registro o desde el maestro de presentaciones.

Comunicaciones
Las comunicaciones son registros que contienen agrupadas las altas, modificaciones y bajas de los tipos de registro. Contienen los datos de versión, datos del presentador, ejercicio y periodo. Mientras el estado de la comunicación esté abierta se podrán recalcular los datos. Una vez sea enviada la comunicación, tanto el mismo registro como sus libros relacionados pasarán a ser no editables.
Los tipos de libro son::
- Libro de Registro de Facturas Emitidas.
- Libro de Registro de Facturas Recibidas.
- Libro de Registro de Determinadas operaciones Intracomunitarias.
- Libro de Registro de Cobros de Facturas Emitidas.
- Libro de Registro de Pagos de Facturas Recibidas.
- Libro de Registro de Cobros en Metálico.
- Libro de Registro de Bienes de Inversión.
- Libro de Registro de Operaciones de Seguros.
Los tipos de comunicación son:
- A00: Alta de Registros.
- A01: Alta devolución en régimen de viajeros
- A5: Alta Fra. Régimen Viajeros (DER)
- A6: Modificación de las devoluciones del IVA de viajeros (DER)
- AN0: ANULACIÓN
- B0: Interna para comprobación de Errores en registros modificados
- C00: CONSULTA
- M00: Modificación
- M01: Modificación devolución en régimen de viajeros
Libro de Registro de Facturas Emitidas, Alta y Modificación
Los datos del libro de Registro de Facturas Emitidas se calculan desde la combinación de los datos del documento de Factura y del asiento relacionado con las partidas de IVA. A continuación se mencionan los datos incluidos en el registro.
- Titular de Libro de Registro: Son los datos de NIF del declarante español y Apellidos y Nombres y Razón social. Se toman por defecto de los datos fiscales de la empresa relacionada al ejercicio.
- Ejercicio y Período: Ejercicio y periodo impositivo de la factura, se calcula a partir de la fecha de expedición.
- Identificación de la factura: La combinación de número de serie y factura, fecha de expedición y el CIF/NIF del emisor de la factura se convierten en una clave de identificación de la factura única.
- Clave Tipo Factura: Las claves de tipos de Factura son las siguientes:

Las facturas serán marcadas por defecto con tipo F1 Factura, y se si están marcadas con el check de rectificativa cambiarán a tipo R1 Factura Rectificativa por error fundado en derecho. Si la factura debe ir marcada con los tipos R2, R3 o R4, debe ser el usuario quien marque la factura con datos manuales y asigne dicha clave.
En la tabla de series, se añade la marca Simplificada para marcar todas las facturas de esa serie como F2 Facturas simplificadas o R5 Factura rectificativa Simplificada en caso de la combinación de marcas de Serie Simplificada y Factura Rectificativa.
- Datos contraparte: Los datos del cliente se tomarán del registro de factura. Nombre y razón social, CIF/NIF y/o representante Legal en el caso de España y tipo de identificación fiscal y número de identificación para declarados de Unión Europea y Extranjeros.
- Código país contraparte de la operación: Sólo se indica el código ISO del país cuando el cliente sea extranjero y no pertenezca al régimen de Unión Europea.
- Clave de identificación fiscal: se calculará desde la ficha del cliente según el campo de tipo de identificación:
- NIF/IVA = 02
- Pasaporte = 03
- Doc.Oficial País = 04
- Cert.Residencia = 05
- Otro = 06
- Facturas Rectificadas: Si la factura está marcada como rectificada e indica la factura a la cual rectifica, generará un registro con indicando el código de factura a la cual rectifica y la fecha de expedición de la factura a la cual rectifica.
- Facturas Agrupadas: Eneboo base no contempla la agrupación de facturas. En el caso de personalizaciones que sí que lo hagan, es opcional la emisión de un registro con el código de factura y fecha de expedición de cada una de las facturas agrupadas.
- Tipo Rectificativa: La factura rectificativa siempre se marcará automáticamente con la clave I por diferencias, si se requiere marcar la clave S por sustitución el usuario deberá indicarlo de manera manual y asimismo modificar el asiento relacionado al documento.
- Base Rectificada, cuota rectificada y cuota de recargo rectificada: Estos valores no son calculados y deberán ser informados por el usuario en el caso de que marque manualmente el tipo de factura rectificativa por sustitución, con tipo rectificativa S.
- Fecha Operación: la fecha de la operación se calcula desde la fecha del último albarán relacionado si existe. Si no existe asigna la fecha de expedición.
- Importe Total: Es el importe de total euros del documento de factura.
- Clave de Régimen Especial: Claves de Operación para libros de Registro de Facturas Emitidas:

Las operaciones irán marcadas por defecto con tipo 01 Operación en régimen General.
Las operaciones de Unión Europea ya sean bienes o servicios irán marcadas con la clave 02.
Las operaciones de exportaciones de entrega de bienes (incluyendo Canarias, Ceuta y Melilla) irán marcadas con la clave 02. Si la operación es una entrega de servicios (Canarias, Ceuta y Melilla), la operación no está sujeta por reglas de localización pero se indicará la clave 08 y la base imponible no sujeta.
Si se emite una factura en la que alguna de sus líneas contiene un artículo marcado como alquileres, la clave sería la 12 para los alquileres de local no sujetos a retención y la clave 13 para los sujetos a retención.
El resto de claves de operación son casos específicos no contemplados en la contabilización automática del Eneboo por lo que, si se diese el caso, sería el usuario quien tendría que configurar dicha información de manera manual.

Si la operación no es exenta, el sistema asigna por defecto el valor E6, salvo para las exportaciones que marca la causa E2 y para las entregas intracomunitarias la causa E5.
- Base Imponible Exenta: Indica la base imponible exenta.
- Tipo No Exenta: Las operaciones sujetas no exentas irán marcadas con el tipo S1, salvo las operaciones con inversión de sujeto pasivo que estarán marcadas con tipo S2.
- Importes en Euros: Si la operación es sujeta no exenta, se emitirán tantos registros como agrupaciones por tipo tenga la factura, los datos a emitir son tipo Impositivo, Base Imponible, cuota del impuesto, recargo de equivalencia y cuota de recargo de equivalencia.
- Importe no Sujeta por Articulo 7,14 y otros: Este campo debe indicar la base imponible exenta contemplada bajo este supuesto. ** Pendiente de calculo del dato.
- Importe no sujeta por reglas de Localización: Si el CIF/NIF español empieza por N, o el cliente es extranjero y la operación está contemplada en este supuesto.
- Importe percibido por transmisión de inmuebles sujetas a IVA (Importe T.I.): Valor no calculado por Eneboo. El usuario debe indicarlo en el registro de manera manual.
- Las marcas de factura emitida por terceros, factura con varios destinatarios y la minoración de la base imponible por la concesión de cupones, bonificaciones o descuentos cuando sólo se expide el original de la factura, se marcarán por defecto a no (N). En caso contrario (S) el usuario deberá indicarlo dentro de cada registro de manera manual.
Libro de Registro de Facturas Recibidas, Alta y Modificación
- Titular de Libro de Registro: Son los datos de NIF del declarante Español y Apellidos y Nombres y Razón social. Se toman por defecto de los datos fiscales de la empresa relacionada con el ejercicio.
- Ejercicio y Período: Ejercicio y periodo impositivo de la factura, se calcula a partir de la fecha de registro contable. El usuario siempre podrá modificar el ejercicio y período impositivo de manera manual en el caso de estar en el plazo para soportar el iva de un periodo anterior. En el caso de las importaciones se calcula desde la fecha del DUA.
- Número de serie y factura: La combinación de número de serie y factura, fecha de expedición y el CIF/NIF del emisor de la factura se convierten en una clave de identificación de la factura única. Por lo que el Número de documento de proveedor pasa a ser un campo obligatorio y debe ser correctamente informado con todos su dígitos. En el caso de importaciones, el número de serie y factura es el número de DUA calculado desde la factura del transitario o bien, desde el registro de importaciones diferidas y el CIF/NIF Emisor es el CIF/NIF del importador y titular del libro de registro.
- Clave Tipo Factura: Las claves de tipos de Factura Recibida son las siguientes:

Las facturas serán marcadas por defecto con tipo F1 Factura, y se si están marcadas con el check de rectificativa cambiarán a tipo R1 Factura Rectificativa por error fundado en derecho. Si la factura debe ir marcada con los tipos R2, R3 o R4, debe ser el usuario quien marque la factura con datos manuales y asigne dicha clave.
El registro de Iva de Importación se marcará con tipo F5 y obtendrá los datos del DUA desde la configuración de la factura del transitario o bien, desde los registros de importaciones diferidas.
En la tabla de series, se añade la marca Simplificada para marcar todas las facturas de esa serie como F2 Facturas simplificadas o R5 Factura rectificativa Simplificada en caso de la combinación de marcas de Serie Simplificada y Factura Rectificativa.
- Datos contraparte: Los datos del proveedor/acreedor se tomarán del registro de factura. Nombre y razón social, CIF/NIF y/o representante Legal en el caso de España y tipo de identificación fiscal y número de identificación para declarados de Unión Europea y Extranjeros.
- Código país contraparte de la operación: Sólo se indica el código ISO del país cuando el proveedor sea extranjero y no pertenezca al régimen de Unión Europea.
- Clave de identificación fiscal: se calculará desde la ficha del proveedor según el campo de tipo de identificación:
- NIF/IVA = 02
- Pasaporte = 03
- Doc.Oficial País = 04
- Cert.Residencia = 05
- Otro = 06
- Tipo Rectificativa: La factura rectificativa siempre se marcará automáticamente con la clave I por diferencias, si se requiere marcar la clave S por sustitución el usuario deberá indicarlo de manera manual y así mismo, modificar el asiento relacionado al documento.
- Facturas Rectificadas: Si la factura está marcada como rectificada e indica la factura a la cual rectifica, generará un registro con indicando el código de factura a la cual rectifica y la fecha de expedición de la factura a la cual rectifica.
- Facturas Agrupadas: El eneboo base no contempla la agrupación de facturas, en el caso de personalizaciones que sí que lo hagan, es opcional la emisión de un registro con el código de factura y fecha de expedición de cada una de las facturas agrupadas.
- Base Rectificada, cuota rectificada y cuota de recargo rectificada: Estos valores no son calculados y deberán ser informados por el usuario en el caso de que marque manualmente el tipo de factura rectificativa por sustitución, con tipo rectificativa S.
- Fecha Operación: la fecha de la operación será la misma que la fecha de expedición salvo que en la misma factura conste una fecha de operación diferente.
- Clave de Régimen Especial: Claves de Operación para libros de Registro de Facturas Recibidas:

Las operaciones irán marcadas por defecto con tipo 01 Operación en régimen General.
Las facturas recibidas cuyo proveedor esté marcado con el régimen especial de criterio de caja, se marcarán con la clave de operación 07.
Las operaciones de recepción de bienes y/o servicios de Unión Europea, están marcadas con la clave 09.
Si se registra una factura recibida en la que alguna de sus líneas contiene un artículo marcado como alquileres, la clave sería la 12 independientemente de si éste está sujeto o no a retención.
El resto de claves de operación son casos específicos no contemplados en la contabilización automática del Eneboo, por lo que, si se diese el caso, sería el usuario quien tendría que configurar dicha información de manera manual.
- Descripción de la Operación: La descripción de la operación es un campo de texto de 500 caracteres y no tiene una directriz exacta estipulada desde AEAT, por lo que, se crea una lista de registros de descripciones de la operación para que puedan asignarse en la factura de manera manual o calculada de los artículos contenidos en la factura (pestaña de contabilidad en formulario de artículos).
- Código de situación del inmueble y referencia catastral: Campos opcionales a indicar cuando la clave de operación sea 12.
- Fecha Registro Contable: Es la fecha de registro de la factura recibida, coincidente con la fecha de asiento.
- Cuota Deducible: Importe de la cuota a deducir.
- Importes en Euros con Inversión de Sujeto Pasivo: Se emitirán tantos registros como agrupaciones por tipo tenga la factura, los datos a emitir son tipo Impositivo, Base Imponible, cuota del impuesto, tipo de recargo de equivalencia y cuota de recargo de equivalencia.
- Importes en Euros: Se emitirán tantos registros como agrupaciones por tipo tenga la factura, los datos a emitir son tipo Impositivo, Base Imponible, cuota del impuesto, tipo de recargo de equivalencia y cuota de recargo de equivalencia. El porcentaje de compensación REAGYP y la compensación REAGYP no son valores calculados por defecto y en el caso de ser necesarios deberían indicarse de manera manual, o bien, solicitar una personalización del sistema.
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